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26 de noviembre de 2018

1899 - Sobre la maestra


Sesión de 4 de junio

El Sr. Presidente dio cuenta de una instancia presentada por Dª. Tomasa Díaz maestra de la escuela pública de niñas de esta localidad por la que solicita que, en el presupuesto municipal se consigna para el alquiler de su casa igual cantidad que la consignada para el profesor, reclamando además se la paguen cuatrocientas sesenta y dos pesetas que dice, se le adeudan por dicho concepto, por la diferencia entre la cantidad que ella ha cobrado y la del profesor durante catorce años  que hace está desempeñando el cargo. Enterada la Corporación de lo expuesto y discutido suficientemente el asunto, por unanimidad, acordó no acceder a lo solicitado y que no se adeuda dicha cantidad a la reclamante fundándose para ello en:

1º - En que la Ley de Instrucción pública de 1857, en su artículo 191 dice que solamente los maestros disfrutarán casa decente y capaz para sí y su familia, sin que se fije cantidad y como dicha señora ha estado viviendo en casa extraña pagando su renta hasta hace cuatro años que habita casa propia y que no hiciera ninguna reclamación es prueba clara que la renta no era mayor a la cantidad que ella recibía para dicho concepto para el Ayuntamiento al fijar y consignar tuvo en cuenta lo que el dueño de la casa cobraba puesto que no se iba a señalar cantidad (---).

2º - Como en la actualidad habita dicha señora casa propia, el ayuntamiento considera debe seguirse pagando la misma cantidad (---) teniendo en cuenta el líquido imponible con que dicha casa figura en el registro fiscal de edificios y solares.