REGLAMENTO DE LA SOCIEDAD
“AMIGOS DE LA ESCUELA”
Art. – Se crea una sociedad o asociación titulada “Amigos de la escuela” con domicilio social en el café de D. Ignacio Cambero Cambero de la calle del Altozano casa nº 11.
Fines sociales
Art. 3 – Esta sociedad se propone a los siguientes fines:
1º- Propagar el amor a lectura entre sus socios para lo que irá formando una biblioteca.
2º- Aumentar la cultura de los mismos mediante conferencias de divulgación científica.
3ª- Dar para los socios dentro de este local hacer bailes y actos de recreo, tomar café, vermut, gaseosas y refrescos, celebrar banquetes, tomar dulces. En los días de trabajo de las doce del día a las de la noche y en los días de fiesta y domingos de las doce del día a las dos de la mañana o sea de las catorce de la noche.
De los socios y sus cuotas
Art. 4 – Para ser socio de número es preciso ser mayor de catorce años de edad, no haber sido procurado ni castigado más de tres veces en juicio de faltas, ni ser analfabeto a la vuelta de dos años.
Art. 5 – Cada socio satisfará la cuota de sesenta céntimos mensual cincuenta para gastos de alquiler del local y festejos y diez para libros y material de enseñanza.
Art. 7 – Serán Presidentes honorarios natos los señores alcalde y maestro de la escuela de este pueblo.
Art. 8 – Además de las autoridades, podrán entrar en este local los dueños del café, los socios y los mozos forasteros y mozas que sean presentados por algún socio.
Art. 9 – En caso de disolución de la presente sociedad de lo que existan de la misma fondos en metálico, son para los socios para gastos, desperfectos y reparaciones al dueño del local y los libros pasarán a las dos escuelas nacionales de este pueblo.
En Zarza de Granadilla a 21 de febrero de 1924
Firman: El dueño del café Ignacio Cambero Cambero,
Valeriano Mohedano,
Adrián Mohedano,
Arcadio Cambero,
Federico Cambero,
Fuente: Resumen elaborado a partir del Reglamento
A.H.P.C.